Procedimiento de solicitud de sustitución de proyectos

Procedimiento de solicitud de sustitución de proyectos

El plazo para solicitar la sustitución de proyectos está comprendido entre el día 01.06.2016 al 26.07.2016.

Los Ayuntamientos que hayan solicitado la  autorización de proyectos con cargo al Plan Especial de Apoyo a la Inversión Productiva en Municipios de la Comunitat Valenciana, haya sido o no aprobada su financiación con cargo a dicho  Plan, y cuyas obras  estimen que no deben ejecutarse, bien por causas sobrevenidas que lo impidan,  por razones de interés público o por haberse producido modificaciones en la necesidad de infraestructuras  en los municipios, podrán solicitar la sustitución de los mismos, mediante la presentación en la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico en cualquiera de las formas expresadas en la normativa de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la siguiente documentación:

a) Solicitud de autorización para la sustitución de un determinado proyecto.
b) Informe justificativo de las causas que motivan que las obras no deben ejecutarse.
c)Informe de las razones que hacen necesaria la presentación del nuevo o nuevos proyectos, junto con la relación detallada de los que se pretende presentar.
d) Acuerdo del Pleno de la Corporación Municipal sobre la solicitud de sustitución del proyecto.

En el plazo de 30 días desde la recepción de la solicitud, la persona titular de la Conselleria  de Hacienda y Modelo Económico, dictará resolución en la que autorizará o denegará la sustitución del proyecto.

En las Resoluciones de autorización de sustitución de proyectos, se autorizará, asimismo, la presentación telemática de otro u otros proyectos, especificándose su importe total máximo.

 IMPORTANTE, VÉASE REQUISITOS TÉCNICOS DEL SISTEMA.