Procedimiento de remisión de información de adjudicación

Procedimiento de remisión de información de adjudicación

Cuando los ayuntamientos sean competentes para la ejecución de las obras objeto de financiación y procedan a su adjudicación, el Ayuntamiento presentará, por vía electrónica, un certificado del Secretario del Ayuntamiento con la conformidad del Alcalde, en el que se hagan constar:

  • Datos de la adjudicación
  • Fecha en que ésta se produjo
  • Identidad de la empresa adjudicataria
  • Importe por el que se adjudica el contrato
  • Acreditación de estar la empresa adjudicataria al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

El citado certificado se remitirá, en un plazo máximo de 10 días desde la adjudicación, a la Subsecretaría de la Conselleria competente por razón de la materia.