Introducción

Introducción

Adscrita orgánicamente a la Conselleria con competencias en materia de hacienda, y con plena independencia funcional, la Intervención General, a cuyo titular se le reconoce el rango de secretario/a autonómico/a, ejercerá las funciones establecidas en la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, y, en concreto, el control de todos los actos de la administración de la Generalitat, sus entidades autónomas y empresas públicas, que den lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico, así como de los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y de la recaudación, inversión o aplicación en general de sus caudales, con el fin de asegurar que la administración de su hacienda se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.

La Intervención General de la Generalitat se estructura en los siguientes órganos y unidades administrativas:

  • Interventor/a General.
  • Dirección General de la Intervención.
  • Viceintervención General de Control Financiero y Auditorías.
  • Viceintervención General de Fondos Comunitarios y Subvenciones.
  • Viceintervención General de Contabilidad.
  • Viceintervención General para la Administración Sanitaria.
  • Intervenciones delegadas.
  • Intervenciones delegadas adjuntas.

El Decreto 72/2005, de 8 de abril, del Consell de la Generalitat, regula la estructura orgánica de la Intervención General.